Marcas Mixtas ??

 Autor: Lic. Rafael Giménez Camacho

Parece que el cambio de criterios de la autoridad ya es una constante y es que tratándose de marcas con signos ortográficos anteriormente podía ser registrada como una marca nominativa, hoy solo se admite a registro bajo la modalidad de marca mixta, no queda muy claro este nuevo criterio toda vez que los números no cabe duda que se pueden comunicar o transmitir fonéticamente y en el caso de los signos ortográficos también, como lo son signos de interrogación, exclamación, etc. y por lo tanto se incumple con la regla general fonética de las marcas nominativas.

La incertidumbre es para aquellas marcas nominativas con signos ortogáficos y numeros que ya se habían registrado anteriormente bajo esa modalidad, ¿van a gozar aún de la protección al uso exclusivo?, ¿se tienen que volver a registrar como marcas mixtas? ¿perder la antiguedad que tenían para una óptima defensa? por si acaso vuelve a cambiar el criterio de la autoridad mejor registrarlas como marcas mixtas también y evitar poner en riesgo el registro.

Cocaine: Marcas buenas que parecen malas

Autor: Lic Rafael Giménez Camacho

Nos enteramos por Rodrigo Ramírez Herrera colaborador de IP Tango que en Chile se presentó la solicitud de registro de la marca Cocaine para distinguir productos de las clases 32 y 33 (bebidas energéticas con y sin alcohol), tal vez era de esperarse que una de las marcas mas famosas en el mundo Coca Cola Company fuera a oponerse al otorgamiento de su registro y no es para menos pues como ya comentamos en otro post en Bolivia se otorgó el registro de la marca “Coca Colla”, lo cual parecería un atentado en contra de una de las marcas mas famosas y emblemáticas de refrescos en el mundo, tras el argumento de que la palabra Coca podría ser descriptiva y no distintiva, pero lo sucedido en Bolivia tiene otra connotación al ser efectivamente una bebida que contiene supuestamente elementos de la planta de coca.

Cocaine Solicitud de registro de marca

Cocaine Solicitud de registro de marca 1017919

En México en 2009 también se presentó la solicitud a registro de la marca mixta “Cocaine Energy Drink” bajo el expediente numero 1017919 y en el IMPI fue negada, manifestando que el registro de esta marca supondría un uso en contra del orden público y las buenas costumbres, siendo este un impedimento establecido en el artículo 4 de la Ley de Propiedad Industrial, dicha resolución seguramente fue llevada al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y desconozco si fue negada, pero por el momento no ha sido otorgado su registro.

La historia de la marca en Estados Unidos es muy diferente la FDA se opuso a la solicitud presentada por Kirby, James T., propietario de Redux Beverage debido a que el uso del nombre que comúnmente se le da a la droga fuera usado de manera legal en una bebida que aunque no contiene coca ni cocaína, si contiene altos niveles de cafeína, el USPTO decidió censurar el registro, por lo que ni siquiera aparece en los resultados de búsqueda bajo dicha denominación, sino que se aparece un recuadro con la palabra “Censored“.

La pregunta de porque Coca Cola Company demandó en Chile y en México se abstuvo (por el momento) seguramente se debe a que los sistemas de oposiciones son distintos, en México el oponente al registro tiene derechos que caducan hasta  dentro de cinco años posteriores.


“Aunque el hecho de ser la bebida con mayor contenido de cafeína por encima de un café de Starbucks y un Red Bull nos da mucho que pensar y los colores del logo podrían confundir al público consumidor, lo importante es que un gran numero de consumidores de refrescos son niños menores de edad y familiarizarse con el nombre que tiene sentido de adicción no será lo mejor para el futuro de la juventud mexicana, por otra parte el argumento de Kriby James no me parece el mas atinado, argumentando que “así empezó Coca Cola”, lo que desconoce Kirby es que esta marca tiene un sentido histórico que se remonta a 1903 cuando la información y el desarrollo tecnológico no estaba tan desarrollado como ahora, si bien Coca Cola en sus inicios en 1900 aplicaba pequeñas dosis de la planta de coca a sus productos  en 1903 se abstuvo de hacerlo y el nombre de la marca se debe mas a un hecho histórico que a conducta mal intencionada.”

Para ver el artículo original de IP Tango: click aqui

La marca del huarache de Sahuayo de Morelos

Autor: Lic. Rafael Giménez Camacho

Hace tiempo que no escribía en el blog y no es pretexto pero esto de blogear es algo complicado, pues el tiempo es limitado cuandoLic Rafael Giménez Camacho vives en una de las ciudades mas pobladas a nivel mundial y mas aún con las vialidades en remodelación se dificulta darse un tiempo para escribir un post, pero el día de hoy decidí evitar perderme una hora mas en el tráfico para escribir un artículo y es que a decir verdad el tema no es para menos:

Les comento que además de la calidad de los sombreros Michoacán y sus guitarras de paracho empleadas por los mejores bohemios, es famoso por la calidad de fabricación de los huaraches, este singular producto internacionalmente popular cuenta con artesanos de primera calidad en la ciudad de Sahuayo de Morelos. Haciendo remembranza de los registros en el IMPI en 2008 el Consejo Regulador de la Marca Colectiva del Huarache de Sahuayo, AC solicitó el registro de la marca mixta (nombre y denominación) “Huaraches de Sahuayo Región de Origen” (expediente número 981380) el cual fue negado en su examen de forma y abandonada seis meses después, si el examinador hubiese revisado el examen de fondo seguramente hubiera negado también su registro, toda vez que la marca tiene un impedimento legal establecido en la fracción X el artículo 90 de la LPI que señala que “no serán registrables como marca las denominaciones geográficas cuando indiquen la procedencia de los productos y puedan originar confusión o error en cuanto a su procedencia” siendo así este registro de marca estaba destinado al fracaso.

Pues bien el Gobierno de Michoacán determinante en su ayuda al artesano local decidió continuar con su registro y en su segundo intento, ahora mas atinado, solicitó el registro de marca innominada, señalando como no reservables las palabras: Huaraches de Sahuayo, Región de origen” la cual en efecto fue otorgada el 23 de noviembre de 2010, bajo el numero de registro de marca 1190231.

En la visita del Gobernador del Estado de Michoacán el pasado viernes 11 de marzo de 2011 a Sahuayo de Morelos anunció con bombo y platillo el registro de la marca innominada numero 1190231 (reproducido en este artículo a manera de estudio) , lo que omitió explicar fue en que consiste el registro, cual es el efecto legal y comercial y mas aún las reglas de uso, con lo cual a continuación me permito dar una breve explicación para que los fabricantes de Huaraches de Sahuayo conozcan los alcances legales y con ello sus derechos en caso de tener la licencia de uso de la marca y sus limitantes en caso de no contar con ella:

Huarache de Sahuayo

Marca Registrada 1190231

1) En que consiste y cual es el efecto legal: El registro consiste única y exclusivamente en el diseño de la marca, en el dibujo, en la imagen que simula lo que serían los lazos de un huarache, si usted no tiene licencia para hacer uso de este dibujo, no podrá usarlo. Cabe señalar que las palabras “Huarache de Sahuayo Región de Origen” al no ser elementos reservables en la marca usted si podrá usar dicha denominación, pues es distintiva y en ningún caso será sancionable su uso, solo cuide de abstenerse de usar el símbolo “®” pues su uso constituiría un delito al no ser palabras reservables;

2) El efecto comercial: Para bien o para mal la fama será compartida, el consumidor identificará un elemento idéntico a su competencia, dependiendo de las reglas de uso esta será una marca compartida por todos o bien será una marca que podrá usar de manera adicional a la que generalmente usa;

3) Las reglas de uso: Es importante que comprenda las reglas de uso antes de adquirir este distintivo, toda vez que la ley no señala una proforma del contrato ni estipulaciones que las reglas deban contener, al ser una organización privada se rige por sus propias normas.

En conclusión acerca de la intervención del Gobierno Michoacano con los artesanos queda en duda desde que no nos contestan llamadas para brindarnos información, los domicilios y teléfonos no son correctos, en absoluto no es una medalla para el Gobernador en turno, al contrario como ya comentaré en otra ocasión no es lo mismo la gimnasia que la magnesia así como tampoco es lo mismo “región de origen” que “denominación de origen” queda mucho por decir acerca de las estrategias con que Michoacan promueve los productos de sus artesanos quedando muy en duda la palabra “promover”.

 

 

La historia del Pezweon

Autor: Lic. Rafael Giménez Camacho

Marca Registrada en Perú

Hace dos años el Indecopi (homólogo del IMPI mexicano en Perú) negó el registro de la marca mixta Pezweon pues los examinadores consideraron que los atributos del pez y el nombre eran contrarios a las buenas costumbres y por consiguiente el registro de la marca estaba impedido legalmente.

La marca se encuentra ya registrada para distinguir calzado, vestuario y sombrería (clase 25 de la Clasisficación de Niza) pues la autoridad de última instancia consideró que el distintivo “Weon” no atenta contra la moral y las buenas costumbres siendo que ya es adoptado por los jóvenes y adolescentes como un lenguaje coloquial.  Cabe mencionar que el término “Huevón” en Perú significa “ineficiencia mental” en México es sinónimo de flojo u holgazan. En este mismo sentido la última sala del Tribunal Peruano considero que el hecho de que una marca de tal característica sea registrada no será un motivo para detrimentar el lenguaje culto, pues simplemente se trata de una marca que tiene la intención de distinguir y no de educar a la población. Cabe mencionar que este pez azul con grandes dotes ya tiene hasta comics y que han desatado una euforia por el animal acuático.

En México como he comentado en otro post que se puede encontrar aqui: El ablur en las marcas no han corrido con la misma suerte, los examinadores han negado eficazmente cualquier intento de grosería y hasta albures y no se conoce aún alguna resolución del Tribunal en el que se hubiese dictado sentencia de alguna marca que contenga distintivos contrarios a la moral y a las buenas costumbres, marcas como “Ay Guey” exp. 1102771 y “Elma Madero” reg. 1045140 han sido negadas y no han sido objetadas para su consideración por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

 

 

Registro de Marcas mas obligatorio que nunca

Registro de Marca mas obligatorio que nunca

Tipo de Lectura: Importante de interés general

Registro de Marcas obligatorio

El concepto de obligación en las jurisdicciones que cuentan con el Sistema Romano Germánico en sus antecedentes históricos como es el caso de México la obligación de una norma existe cuando hay una pena, la Ley de la Propiedad Industrial no establece la obligatoriedad del registro de una marca (salvo en excepciones de competencia económica), sin embargo su obligación nace del derecho de un tercero que de buena fe obtiene el registro de una marca y la sanción por infringirlo, por lo tanto si usted usa una marca no registrada para distinguir un producto o un servicio es probable que su marca sea idéntica o similar a una que si esta registrada, cada mes el IMPI acepta el registro de aproximadamente 5,000 marcas, sería un volado pensar que de las 5,000 marcas registradas su marca no sea idéntica o similar en grado de confusión a otra.

Hablando de las penas en que incurren quienes usan marcas sin su registro: El día de ayer la Cámara de Diputados aprobó la reforma al Código Penal Federal en su artículo 29 y la Ley de la Propiedad Industrial en su artículo 223 para perseguir de oficio y no por querella delitos como falsificación, en forma dolosa y con fin de especulación comercial marcas registradas que tiene como sanción la privación de la libertad por seis años y el pago de una multa que puede oscilar entre cien y diez mil días de salario mínimo y adicionalmente la previa Infracción Administrativa que va de los $300,000 a $1,200,000 pesos por el uso de una marca idéntica o similar en grado de confusión a otra previamente registrada

Con lo anterior las ventajas de registrar una marca como licenciarla, franquiciar, obtener la exclusividad al uso, etc. salen sobrando, las penas por el uso de una marca no registrada en favor del usuario son una razón mas que suficiente para conseguir el registro de una marca antes de usarla y si la esta usando, mas aún.

Los no tan nuevos Dominios “.co”

Autor: Lic Rafael Giménez Camacho

Por un acuerdo entre la Universidad de Andes de Colombia y ICANN Desde el año pasado se informó que los dominios con la extensión “.co” serían internacionales y de primer nivel, esto significa que los buscadores dan el mismo tratamiento que cualquier “.com”, para mejor comprensión es lo mismo que .com, .org, .net y .biz. Debido a lo anterior se otorgó un término de dos meses para dar prioridad a marcas registradas y que así pudieran proteger sus distintivos, lo cual sucedió entre junio y julio de 2010.

La organización Cointernet es la encargada de administrar los registros de los dominios, aunque aclaro nuevamente .co no es para designar a Colombia, sino que es un dominio internacional de primer nivel; por ejemplo: “.co.uk” es la extensión para designar negociaciones u organizaciones con domicilio en Reino Unido y usan el .co que nada tiene que ver con Colombia.

Si Cointernet cobrara un centavo por cada vez que alguien pregunta si .co es para designar Colombia, ya figuraría en la lista de Forbes.

A continuación reproduzco la pregunta y la respuesta mas visitada en el último año:

“Isn’t .CO the ccTLD for the country of Colombia?
The Colombian government, in consultation for the local Internet community, has made .CO domains available globally in a responsible and secure manner.  .CO will never cease to be Colombia’s ccTLD, but it is marketed to a global user base. .CO is a relevant, credible, and global domain name extension.”

Las marcas mexicanas más importantes como Vitro, Carso, Bimbo, Cemex, Banamex, Telmex, ente otras son las que han decidido registrar sus dominios algunos para usarlos, pero la mayoría por protección. Es por ello que nuestra firma ha adoptado esta nueva modalidad en dominios y así cambiamos el dominio que tenemos de registrodemarcas.com para registrodemarcas.co

Para mayor información visitar Cointernet en: http://www.cointernet.co/

Marcas Mexicanas en dominios asiáticos: Una mas de Scams

Autor: Lic Rafael Giménez Camacho

Estafa Registro de Marcas Aunque esta trampa ya tiene algún tiempo circulando por la red, no la habíamos publicado y ahora aprovechamos la ocasión: se trata de un mensaje que en el que supuestamete le informan a propietarios de marcas registradas que terceros están intentando registrarlas en países en Asía mediante dominios electrónicos, si siguen nuestros artículos sabrán que si la información llega de manera espontánea sin previa solicitud es muy probable que sea una trampa y que el único interés de este mensaje es que el destinatario solicite servicios innecesarios de esta empresa, a continuación reproduzco el contenido, esperando que tu no seas parte del 38% de incautos que han sido víctimas de la estafa:

(If you are not in charge of this please transfer this urgent email to your CEO, thanks.)

Dear Manager,

We are one of the registration and solution center in China. We have an important issue to confirm with you. On January 17th, 2011, we formally received an application, one company which called “UCK Invest Ltd” are applying to register ”Nombre de la marca” as Internet brand and Domains:

(your trademark).com.cn / .net.cn / .org.cn / .com.hk / .in / .com.tw / .asia

During our preliminary investigation, we found the brand name and these domain names being applied are as same as your company’s, so we need to confirm with your company.

If the aforesaid company is your business partner or your subsidiary company, please DO NOT reply us, we will approve the application automatically. If you have no any relationship with this company, please contact us within 10 workdays. If out of the deadline, we will approve the application submitted by “UCK Invest Ltd” unconditionally.

Best Regards,


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