¿Lograr el registro o registrar bien una marca?

Autor: Lic Rafael Giménez Camacho

Registrar una Marca

Registrar una Marca

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial promueve diariamente el registro de marcas en el país, invierte recursos y envía especialistas a toda la República para demostrar las bondades de las marcas registradas, en cada evento importante de alguna cámara como la cinematográfica o cualquier evento que tenga que ver con la Propiedad Intelectual están presentes, el Lic Joseph Kawhaghi responde a cualquier pregunta y hasta ofrece sus tarjetas de presentación a todo el público, sin embargo me parece un desacierto que el IMPI no promueva la asistencia de abogados especialistas para este tipo de asuntos y es que el formato de registro parece tan sencillo que cualquiera podría obtener un registro de marca, pero en la mayoría de las ocasiones los abogados somos consultados cuando el cliente ya registró su marca y ahora viene el problema a continuación expongo un ejemplo de un caso real (como muchos) pero cambiando los nombres por ética profesional y que además tengo la autorización expresa de parte del cliente para exponer su caso:

El problema de la empresa que es fabricante de jabones es tan grande que fue personalmente el Presidente a la consulta en mi oficina, acompañado de su Contador Público para pedirme que evaluara la situación siguiente:

Les llama su principal cliente para decirles que los jabones distribuidos la última vez (tres millones de unidades) se están saliendo de sus empaques debido al calor que produce la camioneta que los transporta, la empresa fabricante (mi cliente) envía a un inspector para verificar dicha situación, la cual es nada común, revisa el jabón y se da cuenta que el producto no es el que fabrica la empresa pues la marca es parecida aunque no idéntica a la del fabricante, me llama el contador y me dice que su marca la están pirateando, regresando a la cita en mi oficina al revisar la marca y el producto noto que la marca es una combinación o mezcla de palabras genéricas, descriptivas y rasgos originales, inmediatamente revisé la base de datos y noto que en efecto la marca esta registrada y es similar a la de mi cliente, si el lector no es perito en la materia le informo que uno de los principales motivos para registrar una marca es evitar la confusión entre un producto y otro de la misma clase y especie, esto es distinguir los productos con una marca registrada, sin embargo la combinación tan caprichosa de palabras genéricas y descriptivas era difícil de poder defender, el empresario me dijo que él personalmente había registrado la marca que no podía haber error y que debía ser defendible, toda vez que él pago sus derechos, solicitó la marca y contaba con un título vigente.

La respuesta es simple, la marca estaba mal desde que se diseñó no tenía impedimento legal para su registro, pero al carecer de elementos originales era difícil poder defender sus derechos, porque la similitud no derivaba de la parte original sino de la parte genérica y descriptiva la cual fue la que confundió a su cliente, habida cuenta que el comprador se había abastecido de otra empresa totalmente diferente desde hace año y medio pensando que ese producto pertenecía a la misma empresa por la similitud.

Este asunto es el de muchas empresas, que se ven imposibilitadas de poder defender sus registros de marcas, el problema no es corrupción de autoridades sino desconocimiento de la ley y solicitar la asistencia de un especialista, yo como abogado si necesito un jabón no voy a hacerlo personalmente, pero mi cliente pensó que él si podía hacer el registro de su marca, por ejemplo en las guías de registros del United States Patent and Trademark Office (USPTO) la oficina homóloga del IMPI en Estados Unidos sugieren al registrante que se asista de un abogado en Propiedad Intelectual, aceptando que si lo pueden hacer ellos personalmente pero que pudiera tener errores y no saberlos hasta el momento en que intentan defender sus marcas.

En conclusión:

¿Puede una persona obtener su registro personalmente? Si, por supuesto, no se requiere cédula profesional

¿El IMPI se cerciora de que la marca protege debidamente los productos o servicios que distingue? No, el examinador revisa que la marca no tenga impedimento legal alguno, incluyendo que no obstaculice los derechos de otros revisando que no tenga confusión por similitud, pero no actúa como abogado del solicitante.

¿Se requiere de un abogado para solicitar el registro de una marca? Si lo que usted desea es proteger sus productos o servicios y que la marca cumpla con todas y cada una de las ventajas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de la Propiedad Industrial le concede si, no hay duda, la marca es un activo que debe proteger, no es un mero trámite, no es como solicitar una credencial del IFE, ni pagar la tenencia.

Congreso contra la Piratería en México

Congreso contra la Piratería

Congreso contra la Piratería

Mañana 1 de diciembre inicia el primer Congreso organizado por el IMPI e INTERPOL el cual tendrá lugar en Cancun, uno de los principalesoradores será Ronald Noble quien es Secretario general de INTERPOL, asistirán mas de 500 delegados que trabajan en la búsqueda de soluciones para combatir la comercialización de productos falsos en el mundo. Otros promotores que estarán: Organización Mundial de Aduanas (OMA)Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)Asociación Internacional de Marcas Registradas (INTA) y la Asociación Internacional para la Gestión de la Seguridad (ISMA). El objetivo es uniformar las propuestas y encontrar soluciones para dar fin al comercio internacional de productos falsos. El tema de este 5o Congreso Mundial es “Salvar fronteras para intercambiar soluciones”. El programa, la lista de ponentes y otros detalles sobre el Congreso se encuentran disponibles en el sitio web www.ccapcongress.net.

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Libreria zaratustra

Me parecía imposible ver en México una guerra entre empresas como la que parecía se dejaba ver en el anuncío “Los libros son cosa seria y deben anunciarse así. Abajo Gandhi” lo encontré en Viaducto casi llegando a Insurgentes en la Ciudad de México, pero de inmediato mi imaginación volvió a la realidad, dándome cuenta de que casi por un segundo fui engañando por la publicidad de Librerías Gandhi creada por Ogilvy su empresa publicitaria, mi colega que iba conmigo en el coche me dijo “es una campaña publicitaria, ve que en los anuncios dice “Clausurado por Gandhi” cosa que no es legalmente posible” y todavía a sabiendas de que no iba a encontrar nada busué entre los archivos del IMPI algún antecedente en los asuntos contenciosos o en los expedientes de los registros que se ubican en las diferentes clases como la 35 (Registro No. 304579) y la 41 (Registro No. 692340), hubiera querido que fuera cierto, pero nada, no es verdad solo es una campaña publicitaria.. ojalá y algún día en nuestro país no sea una broma que dos empresas puedan competir, porque como dice la Ley de la Competencia Económica el único que se favorecería sería el consumidor habida cuenta de que tambíen las empresas, tal es el caso de Coca-Pepsi.

Para mayores referencias: http://libreriaszaratustra.com/

 

Registro de Marcas en Japón

REGISTRO DE MARCAS EN JAPON

Registro de Marcas en Japón

Registro de Marcas en Japon

En esta blog cedemos el espacio a nuestros corresponsales en Japón Yoshikawa Intellectual Property Office, quienes con la autoria del Lic, Fernando Alonso, nos comparten el proceso de registro de marcas en Japón;

A continuación les explicamos brevemente algunas de las características del sistema japonés de marcas, regulado por la Ley de Marcas japonesa. En primer lugar, otorga la misma protección tanto a los nacionales japoneses como a los extranjeros, con un mismo proceso y condiciones de registro. De este modo las personas residentes en el extranjero o las empresas que actualmente no tienen representación en Japón, también pueden disfrutar de la protección de sus marcas de cara a una futura expansión en el mercado japonés.

Para que una marca sea registrada en Japón, no tiene que estar actualmente en uso, de ahí que sea muy importante, para cualquier empresa extranjera que tenga proyectos de expansión en el mercado nipón, considerar primeramente el registro de su marca en Japón. No obstante, la marca deberá ser usada en el plazo de tres años desde su registro.

Categorías de Marcas:

Hay 6 tipos definidos en la Ley de Marcas: Nominativa, Figurativa, Simbólica, Mixta, Mixta con color y Tridimensionales.

El Proceso de Registro:

El sistema de marcas de Japón opera con el mismo sistema de clasificación internacional de otros países (Clasificación de Niza). Existen 45 clases de productos y servicios, incluidas aquéllas de productos y servicios únicos en Japón.

Las solicitudes pueden hacerse para clases individuales o en diferentes clases a la vez (“multiclase”). En este sentido es muy aconsejable consultar previamente a un asesor profesional

o Agente de la Propiedad Industrial. La consulta en nuestra compañía es gratuita.

La solicitud y concesión del registro de una marca en Japón conlleva el pago de tasas de solicitud y de registro que varían en función del número de clases. Si contrata además a un Agente de la Propiedad Industrial, éste le cobrará sus honorarios, pudiendo incluir los mismos en el pago de las tasas oficiales.

La duración de los trámites desde la solicitud hasta el registro de la marca normalmente va de 6 meses a 1 año. Si el examen se realiza correctamente finalizará en unos tres meses. Después el registro suele tardar entre uno o dos meses más. De manera que normalmente se tarda de seis meses a 1 año desde la solicitud hasta que el proceso finaliza.

El registro internacional de marcas. En principio, para obtener el derecho de una marca en Japón desde el extranjero, debe presentarse una solicitud de registro en la Oficina de Patentes de Japón. Sin embargo, existen otros dos métodos alternativos: solicitud al amparo delConvenio de París, para solicitar el registro de una marca únicamente en Japón, o en pocos países y solicitud al amparo del Acuerdo de Madriddel cual Japón es también signatario. Según este sistema, es posible presentar una solicitud internacional y registrar marcas en determinados países al amparo de la solicitud presentada inicialmente en su propio país. Éste es un sistema particularmente cómodo para grupos empresariales con intereses en muchos países de todo el mundo.

Renovación Una vez registrada su marca ésta estará protegida durante 10 años a partir de la fecha de registro, a no ser que la marca sea invalidada o cancelada posteriormente. La protección puede ser renovada por periodos de 10 años.

Si desean obtener más información por favor no duden en ponerse en contacto con nuestras oficinas y les atenderemos con mucho gusto.

Fernando Alonso BSc,
en representación del Sr. Toshio Yoshikawa
Oficina Internacional de Patentes Yoshikawa
Murahama Bldg., 6F,
4-9-19, Higashinoda-cho,
Miyakojima-ku
534-0024
Osaka, Japón
E-mail: patent@e-mail.jp / Tel.: +81-6-6356-8885

Preguntas Frecuentes

¿Qué ley regula el registro de marcas en Japón?

El sistema de marcas de Japón está regulado por la Ley de Marcas.
Respecto al derecho de Prioridad está basado en el Convenio de París y el registro de marcas internacionales sigue el Sistema de Madrid.

¿Cuál es la vigencia de una Marca en Japón?

Una marca tiene una vigencia de 10 años contados desde la fecha de concesión del registro, renovable por períodos iguales y sucesivos. No obstante, el Registro del Nombre Comercial es perpetuo.

¿Es posible registrar una marca aunque no esté en uso?

Sí, según la Ley de Marcas japonesa las marcas se pueden registrar incluso si no están en uso en ese momento. Sin embargo, debe ser plenamente consciente de que si esa marca no se usa en un período de tres años desde su registro, un tercero podrá presentar una petición para la cancelación de dicha marca.

¿Cuánto cuesta y cuánto tiempo tarda el proceso de registro?

El coste varía en función de aspectos como el número de clases, la solicitud o no de prioridad, acción oficial y su respuesta. Por ejemplo, el coste aproximado de registro de una marca con 1 clase, sin prioridad y con acción oficial y modificaciones acorde a las notificaciones de la Oficina de Patentes sería de unos 160,000 yenes.
Para un presupuesto gratuito, preciso y detallado por favor no dude en ponerse en contacto.
El trámite de registro, sin oposición, tiene una duración de 6 meses a 1 año.

¿Que documentos se necesitan?

- Información relativa a su Marca.]
- Nombre y dirección del solicitante.
- Clases Internacionales y Productos / Servicios designados.
- No es necesario aportar un Poder (POA)

 

Marca que se encuentra en proceso de registro ¿Se puede usar?

Autor: Lic Rafael Giménez Camacho

Frecuentemente los clientes preguntan antes de solicitar una marca si iniciando el proceso de solicitud pueden hacer uso de la misma, por ejemplo una tienda de ropa que va a producir miles de unidades con una marca no solo va a fabricar los productos con su marca en la etiqueta, sino que también van a invertir en comerciales de televisión con la marca, ¿es viable usar la marca que no se encuentra aún registrada?

La respuesta encuentra su complejidad en el riesgo, lo recomendable como en todos los casos en que se va a solicitar el registro de una marca es hacer una evaluación de viabilidad legal tomando como base de referencia las fracciones del Artículo 90 de la LPI el cual establece las causales por las cuales la autoridad puede negar el registro de una marca por impedimento legal, posteriormente se debe solicitar la búsqueda fonética en la base de datos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, verificando no solo la similitud que pudiera tener la marca en su fonética, sino también las similitudes visuales, gramaticales e ideológicas, de ello dependerá la posibilidad de obtener el registro, sin embargo aún así no es garantía de poder obtener el registro, los criterios de los examinadores son tan variados que aún en casos que nos pudieran resultar claros la autoridad podrá negar su registro mediante un oficio y el solicitante podrá responder dicho oficio manifestando lo que a su derecho convenga pues en ese momento del proceso el solicitante a través de su representante legal manifestará las consideraciones por las cuales debe ser considerada como una marca distinta.

En ocasiones los solicitantes no solo quieren hacer uso de la marca, sino también en varios casos licenciarla a un tercero, la Ley en su artículo 137 de la LPI admite la posibilidad de licenciar una marca que se encuentra en proceso y hasta solicitar el registro del Contrato de Licencia de Uso de Marca, sin embargo en caso de que no se consiguiere el registro de la marca el Licenciante tendrá el problema debiendo responder al Licenciatario por los daños, perjuicios y en su caso penas convencionales que le hubiere causado por no haber obtenido el registro de la marca, dicho Contrato sería sancionado con Nulidad Absoluta y consecuentemente sería inexistente, toda vez que existe un impedimento legal para obtener el registro de la marca.

La respuesta es que depende de los resultados de la búsqueda de marcas idénticas o posibles confusiones, pero al final no puede haber una certeza de que se pueda obtener la marca, ya que los registros que aparecen en pantalla en cualquier momento pueden variar y aún así siempre queda a consideración del examinador el otorgamiento de su registro. Antes de hacer uso de una marca debe hacer una evaluación, en donde el peor escenario sea perder su inversión en publicidad por no haber obtenido el registro.

Fundamentos Legales: Arts. 90 y 137 de la Ley de Propiedad Industrial.

 
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